• ¿Cuándo se extingue la Residencia permanente?

     

    Tengo la tarjeta de residencia para 5 años, pero quiero volver a Ecuador ¿ Cada cuanto tiempo tengo que volver a España para no perder los papeles como permanente?

    La residencia permanente se extinguirá por la permanencia fuera de España durante mas de 12 meses consecutivos o más de 30 meses en el computo global de los cinco años de residencia.

     

    1. Tendrán derecho a obtener una autorización de residencia permanente los extranjeros que acrediten haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años.

    2. La continuidad a que se refiere el apartado anterior no quedará afectada por ausencias del territorio español de hasta seis meses, siempre que la suma de éstas no supere el total de un año dentro de los cinco años referidos en el apartado 1, salvo que las correspondientes salidas se hubieran efectuado de manera irregular.

    3. La autorización de residencia permanente también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos:

         a) Residentes que sean beneficiarios de una pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social.

         b) Residentes que sean beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente absoluta o de gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema español de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.

         c) Que hayan nacido en España y al llegar a la mayoría de edad acrediten haber residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.

         d) Que hayan sido españoles de origen y hayan perdido la nacionalidad española.

         e) Que al llegar a la mayoría de edad hayan estado bajo la tutela de una entidad pública española durante los cinco años inmediatamente anteriores de forma consecutiva.

         f) Apátridas o refugiados que se encuentren en territorio español y a quienes se les haya reconocido el respectivo estatuto en España.

         g) Extranjeros que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior. En estos supuestos, corresponderá al Ministro de Trabajo y Asuntos Sociales la concesión de la autorización de residencia permanente, previo informe del Ministro del Interior.

     

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    Mas de 1.4 millones de inmigrantes podrian convertirse en irregulares en España

    Por renovacion de tarjeta. Más de 1,4 millones de inmigrantes podrían convertirse en irregulares al tener que renovar su tarjeta de residencia por o llevar mas de 5 años en el pais y no poseer un contrato de trabajo.

     

    Muchos despachos de abogados y centros de asesoramiento de extranjeros están desbordados por la llegada de inmigrant que no han podido renovar su tarjeta de residencia por no disponer de un puesto de trabajo.

    Segú la encuesta de poblacion activa del ultimo trimestre de 2008, 779.400 extranjeros se encuentran sin trabajoy segun los servicios publicos de empleo, 350.582 cobran alguna perstacion economica. Menos de la mitad proceden del espacio economico europeo, por lo que mas de 175.000 podrían encontrarse con problemas para renovar su tarjeta de residencia.

    Para obtener un permiso es necesario la existencia de un contrato laboral que inicialmente permiteal inmigrante vivir en España un año.

    Tras la primera renovación, el extranjero puede permanecer en el país dos años adicionales, y otros dos años tras la segunda renovación.

    Una vez que ha cumplido el ciclo de los 5 años con permisos temporales, el extranjero tiene una autorización de caracter permanente.

     

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    Residencia Permanente: Cambios en el Foro de la Integración

    El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto de 2006 por el que se regulaba la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, como consecuencia de las modificaciones producidas por la reestructuración de Departamentos ministeriales.



    Los cambios producidos en la estructura, competencias y denominaciones de los Departamentos ministeriales han originado la adaptación a esta nueva situación de la composición del grupo de vocales de la Administración General del Estado que forman parte del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.

    Además, se modifica el plazo de las convocatorias extraordinarias del Pleno previstas en el artículo 14.2 del Real Decreto de 2006, plazo que se reduce de ocho a siete días.

    La Ley Orgánica sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración social, del año 2000, regula en su artículo 70 el Foro para la Integración Social de los Inmigrantes como el órgano de consulta, información y asesoramiento en materia de integración de los inmigrantes.

    El Foro está constituido de forma tripartita y equilibrada por representantes de las Administraciones Públicas, de las asociaciones de inmigrantes y refugiados, y de las organizaciones sociales de apoyo como sindicatos de trabajadores y organizaciones empresariales con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.

    La citada Ley Orgánica del año 2000 establece que la composición, competencias, régimen de funcionamiento y adscripción administrativa se determinará reglamentariamente. Para ello el Gobierno aprobó el Real Decreto de 2006 que ahora se modifica.

     

    Foto Agencia EFE

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    Residencia Permanente: millones de cuotas a la Seguridad Social

     Residencia permanente: unas 2 millones de cuotas a la Seguridad Social pagadas por inmigrantes radicados en España cada mes. Es bueno tenerlo en cuenta para quienes se quejan de ver muchos ciudadanos de otras partes en los ambulatorios. Ingresan gran cantidad de dinero mensualmente, pero eso no se percibe. En julio aumentó la afiliación por quinto mes consecutivo.

     

    Madrid,  (EFE).- El número medio de afiliados extranjeros a la Seguridad Social subió por quinto mes consecutivo al sumar 4.940 inscritos en julio con respecto a junio, hasta un total de 1.934.877 cotizantes, según datos del Ministerio de Trabajo e Inmigración.

    No obstante, con respecto al mismo mes de 2008, el número medio de afiliados extranjeros cayó el 10,09%, lo que supone 217.003 cotizantes menos. En relación con el total de las afiliaciones en España, que sumaron en julio 18.143.554, las extranjeras representan el 10,66%.

    La mayor parte (el 68,50%) de las afiliaciones de extranjeros de julio correspondieron al Régimen General, que sumó 1.325.531 (22.607 más que en junio), mientras que 205.178 trabajadores estaban en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que perdió 1.313 afiliados respecto al mes anterior.

    En el Agrario había 223.362 afiliados extranjeros (15.996 menos que en junio), en el Hogar 174.501 (431 menos), en el Mar 5.598 (285 más) y en el Carbón, 707 (12 menos).

    Dentro del Régimen General, el sector con mayor número de afiliados extranjeros fue la hostelería, con 297.755; seguido de la construcción, con 219.960; la reparación de vehículos de motor y bicicletas, con 209.409; las actividades administrativas y servicios auxiliares, con 150.079 y la industria manufacturera, con 125.184.

    En el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), el comercio fue el sector con mayor número de afiliaciones, 51.830; seguido de la construcción, con 42.702, y la hostelería, con 38.345.

    Según el origen de los afiliados, 682.248 procedieron de países de la Unión Europea y 1.252.629 de otros Estados.

    Rumanía fue el principal país de procedencia de afiliados extranjeros, con 268.373, seguido de Marruecos, con 238.569; Ecuador, 204.093 y Colombia, 129.326.

    Del total de afiliados extranjeros, 1.102.300 eran hombres y 832.577, mujeres. Cataluña fue la comunidad con mayor número de afiliaciones de extranjeros en julio, con 469.372, seguida de Madrid, con 439.174 afiliados.

     

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